miércoles, 6 de febrero de 2013

LOS ALCÁZARES/ IBI de naturaleza urbana. “Habilidad” recaudatoria municipal (2ª parte).


Morente. Eurovillas VI
Residencial Nuevo Principado.


El 22 de septiembre de 2012 se informaba de una mala práctica recaudatoria utilizada por el Ayuntamiento de Los Alcázares, con la que simplifica “hábilmente” la gestión de cobro del IBI en los garajes comunitarios. Para cobrar este impuesto a todos los propietarios de cocheras libra un solo recibo por el total a cargo de la Comunidad de Propietarios, que no es el sujeto pasivo, para que lo fraccione y se ocupe de cobrarlo a cada uno de los contribuyentes. Con una sola gestión realiza el cobro, reduce el trabajo al mínimo y elimina posibles impagados. Es decir, la Comunidad sustituye al Ayuntamiento en una de sus funciones, como es el cobro de sus impuestos y asume, sin recurso, su trabajo y el resultado de la gestión: cobrados e impagados.  El Ayuntamiento no gestiona morosos porque, los impagados (impuestos), si los hay, pasan a ser de la Comunidad.

http://lamangalosalcazares.blogspot.com.es/2012/09/los-alcazares-ibi-de-naturaleza-urbana.html
Vivimos en el tiempo de las domiciliaciones. Hoy no se concibe que alguien no tenga cuenta en una entidad bancaria. Eliminada paulatinamente la figura del cobrador, para ahorrar gastos de gestión y suprimir puestos de trabajo, lo primero que ahora se demanda a un ciudadano cuando contrata, compra, aplaza pagos,…es una cuenta bancaria. Todo se domicilia. La Hacienda Pública también lo hace con sus impuestos. De ahí que merezca la calificación de mala práctica comercial institucional aquella que no permite que un ciudadano responda (domiciliándolos) solamente de sus impuestos, sin verse condicionado al cumplimiento global de la Comunidad de Propietarios de la que forma parte. La Autoridad Regional no debería consentir, ni un día más, el sistema de cobro utilizado por el Ayuntamiento de Los Alcázares.

Es de sobra conocido que el Ayuntamiento de Los Alcázares aplica un trato diferencial negativo a determinados colectivos vecinales, al tiempo que se vuelca en tolerancia y privilegios hacia otros. Estas páginas vienen recogiendo desde hace meses denuncias ampliamente documentadas. En esa misma línea se informa ahora de una gestión (intento vano) que, después de siete años, no fructifica: domiciliación bancaria del IBI de una cochera en un garaje comunitario.  Hay cientos de ejemplos como este en el municipio. Para muestra basta un botón. Correspondencia cruzada entre el propietario de una cochera y la Recaudación Municipal:

«20.11.2006
El pasado día 9 pagué, y domicilié para años sucesivos, el Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana correspondiente a una vivienda de mi propiedad […] Adjunto copia del aviso de pago diligenciado por mi Banco. No obstante, observo que no me han remitido el aviso de pago correspondiente al aparcamiento, cuya compraventa se formalizó en la misma escritura pública que dicha vivienda, y que ustedes describieron en la Cédula de Habitabilidad. En consecuencia, les ruego se sirvan presentar al cobro el recibo correspondiente al IBI del aparcamiento, en la misma cuenta bancaria […] y tomen debida nota para años sucesivos, considerando esta carta como orden de domiciliación.»



«30.11.2006
Visto su escrito de veinte de noviembre de 2006 se le comunica que se toma nota de la domiciliación solicitada, asimismo se le comunica que a pesar de que Vd. sea propietario de una plaza de garaje, el aparcamiento de todo el edificio tiene un único recibo de IBI que abarca a todas las plazas de garaje. El Presidente o el Administrador le deben de haber informado de todo lo concerniente al pago del mismo.»


«11.12.2006
Considero una anormalidad tener que solicitar el concurso de un tercero (Comunidad de Propietarios, según me indican) para poder liquidar una deuda de la que mi acreedor, a título personal, es la Administración Local, por el concepto de IBI sobre una plaza de aparcamiento de mi propiedad y uso exclusivos. Por esta razón, de cara a previsibles incidencias en el futuro, deben considerar este escrito como una reclamación formal del recibido del IBI, que deberá ser emitido por esa Recaudación Municipal a mi nombre por la cuantía que, a título individual, corresponda a mi plaza de aparcamiento.»


«13.02.2007
Con respecto al contenido de su carta del 30.11.06, lamento no poder aceptar su recomendación de entrar en contacto con los representantes de mi Comunidad de Propietarios. Mi deuda es con ustedes. Lo procedente es que desagreguen, del recibido emitido para el conjunto del aparcamiento, la parte que corresponde a mi plaza de garaje y hagan efectiva la domiciliación bancaria que tengo autorizada.»

Desde entonces el Ayuntamiento no ha hecho absolutamente nada. Todo sigue igual. Las cuentas de las Comunidades de Propietarios contabilizan en morosidad los Impuestos sobre Bienes Inmuebles Garajes de los comuneros con pagos atrasados.


Produce sonrojo comprobar que la impresionante edificación pública alcazareña, que alberga múltiples servicios municipales, generosamente dotados de todo tipo de recursos humanos y materiales, financiados por los ciudadanos, no disponga de medios para gestionar, como es debido,  el cobro de sus impuestos directamente a los contribuyentes. Exhibir “habilidades” como la expuesta, no deja de ser un mensaje repudiable por la sociedad, por sus administrados. Cada uno debe cumplir con su función y está claro que el cobro de impuestos y, en su caso, reclamación de los impagados, corresponde a la Recaudación Municipal, no al Presidente o Administrador de una Comunidad de Propietarios. El ahorro y la reducción del gasto público deben producirse por otras vías.
Pero esto no esto todo. Hay más (continuará).  

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